Soy docente y jurista. Mi profesión consiste en aprender y enseñar que la ley debe ser la fuerza de los débiles.
Nuestra garantía frente a las injusticias del poder político, económico
e ideológico. La ley no es la puerta que nos cierran en las narices
para excluirnos de sus decisiones, sino la llave maestra que la abre
aunque cambien de cerradura. De entre las muchas normas que he leído en
mi vida, la más luminosa no fue redactada por un político en ningún
parlamento. Lo hizo un jornalero con faltas de ortografía durante la
dictadura de Primo de Rivera. Se trata del art. 2 del Reglamento del
Ateneo Popular de Almodóvar del Río, y dice así: “Cuando en la vida
colectiva se cometa una arbitrariedad por parte de los poderes públicos
contra el inviolable derecho de gentes o contra la libre emisión del
pensamiento, esta entidad deberá hacer pública su disconformidad por el
medio que estime más oportuno, por cuanto el silencio ante el atropello
cometido equivale a la tácita conformidad con el mismo“. Aquel
joven anarquista elevó el deber cívico de resistencia a rango de ley.
Algo que no hemos sido capaces de conseguir en la mayoría de las
democracias occidentales. Lo más desolador es que donde sí lo hicieron,
como Portugal o Grecia, sólo ha servido para demostrar que el papel no
resiste el peso de millones de deuda, por muy constitucional que sea.
Pudiera parecer contradictorio que quien desobedece o resiste al
poder encuentre protección en el ordenamiento contra el que se rebela.
Yo no lo creo así. El art. 20.4 de la Grundgesetz establece que “todos
los alemanes tienen el derecho de resistencia contra cualquiera que
intente eliminar este orden cuando no fuera posible otro recurso“. El democratísimo art. 21 del Proyecto de Constitución francesa de la Cuarta República (1946) decía que “cuando
el gobierno viola la libertad y los derechos garantizados por la
Constitución, la resistencia en cualquier forma es el más sagrado de los
derechos y el más categórico de los deberes“. Esta norma fue rechazada al igual que el art. 50.2 del proyecto constitucional italiano: “Cuando
los poderes públicos violen las libertades fundamentales y los derechos
garantizados por la Constitución, la resistencia a la opresión es
derecho y deber del ciudadano“.
La imposibilidad de invocar constitucionalmente el derecho-deber de
resistencia coloca a los disidentes al margen o contra la ley. Reducidos
a radicalidad o a la nada. Ahí está la trampa. Y la mentira. Estamos
asistiendo indefensos a un proceso de desmantelamiento constitucional
de los derechos fundamentales del ciudadano, degradado a simple
consumidor con o sin empleo. De un lado, como explica Bobbio,
el poder político ha pasado a ser un subsistema de un sistema global
dependiente de los poderes económico e ideológico. No conocemos las
caras de quienes nos someten, ni las sedes desde donde nos tiranizan. Y
de otro, estos poderes han logrado que una amplia mayoría social lo
consienta con la coartada de que vivimos en democracia. Para eso tenemos
a los jueces, a los defensores del Pueblo y a toda la burocracia
garantista del Estado de Derecho. Pero todo tiene un límite. Somos los ciudadanos quienes tenemos
que defendernos del poder cuando emplea las leyes para matar a pedazos
la propia Constitución como garantía de los débiles. A esta actitud la llama Ermanno Vitale “resistencia constitucional”.
Por muy legal que sea, no podemos consentir ataques tan burdos a la
separación de poderes como que el presidente de nuestro máximo tribunal
de garantías fuera militante del partido que nos gobierna y dicte los
artículos de la infame reforma laboral. Por muy legal que sea, no
podemos consentir que los procesos de elección de presidentes de
gobiernos se salten el refrendo básico de las urnas. Por muy legal que
sea, no podemos consentir más recortes y privatizaciones en derechos y
bienes fundamentales, especialmente contra migrantes, estudiantes,
mujeres, dependientes, desempleados… Nuestra Constitución es imperfecta.
Sin duda. Seré el primero en acudir a la trinchera cuando seamos
llamados a las filas de su reforma. Pero coincido con Ferrajoli en que
el “constitucionalismo” es el punto más elevado del progreso moral y
civil que la Humanidad haya logrado traducir en derecho positivo hasta
nuestros días. Y el constitucionalismo es la línea roja que todas y
todos debemos impedir que sigan cruzando impunemente el poder económico,
ideológico y político, en ese orden. Porque son ellos quienes lo están
reduciendo a la anemia utilizando como arma y excusa la propia
constitución.
Por eso apoyo sin reservas el ejercicio de la resistencia no
violenta como método para denunciar los atropellos que se cometen contra
los más débiles en el nombre de la ley. Cuando Thoureau se
negó en 1846 a pagar impuestos como protesta a la guerra de conquista
contra México, estaba incumpliendo la ley. Cuando Rosa Parks fue
arrestada en 1955 por negarse a desocupar un asiento reservado a los
blancos, estaba incumpliendo la ley. Cuando las mujeres de la Corrala
Utopía ocupan un edificio vacío que no cumple su función social, está
incumpliendo la ley. Y cuando Cañamero y el SAT hace lo propio con una
finca infrautilizada, está incumpliendo la ley. Pero todos son
ejercicios legítimos de “resistencia constitucional”. Aunque ni la misma
constitución los defienda.
PD.- Aquel joven anarquista terminó siendo el último alcalde
republicano de su pueblo que es el mío. Desapareció en el frente de
Pozoblanco durante la guerra civil. Pero su hermoso artículo sigue
vigente en los estatutos de los Ateneos de Andalucía.
El Insurrecto, Antonio Manuel
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